
El Sindicato Empleadas en Casas de Familias de Entre Ríos adherido a la CTA, informó que a partir del mes de Noviembre de este aó, mediante Resolución 1538/08 se dictaminó nueva escala salarial para el sector.
El parte de prensa sostiene que "preveíamos que luego del incremento del salario mínimo, vital y móvil la adecuación de las escalas para nuestro sector iba a llevarse adelante. Esperábamos que ocurriera para noviembre, tal como pasó el año pasado, se concrete esta actualización".
El pronunciamiento de las empleadas domésticas entrerrianas añade: "Llegó diciembre y se percatan que debían actualizar nuestra escala; siendo retroactiva al 1º de Noviembre de 2.008, por lo cuál la liquidación de Noviembre de 2.008 ya abonada se debe adecuar, lo más práctico es incluir un concepto en la liquidación de diciembre retroactivo Noviembre 2.008 para abonar la diferencia".
La Resolución 1538/2.008 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que se dio a conocer por el Ministro Carlos Tomada, resuelve:
Artículo 1º — Fíjase a partir del 1º de Noviembre de 2008, para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56 Reglamentario del Decreto Ley del Servicio Doméstico, las remuneraciones mensuales mínimas que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente.
Art. 2º — La adecuación salarial dispuesta por esta Resolución será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
ANEXO I
Remuneración a partir de noviembre de 2008
Primera Categoría: (Personal con retiro 8 hs) (Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) $ 1.404.00.
(Personal sin retiro) (Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses) $ 1565.00.
Segunda Categoría: (Personal con retiro 8 hs) (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, Valets y porteros de casas particulares) $1.303.00.
(Personal sin retiro) (cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, Valets y porteros de casas particulares) $ 1452.00.
Tercera Categoría: (cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, caseros y jardineras) $ 1.273.00.
Cuarta Categoría: (aprendices en general de 16 a 17 años de edad) $ 1.142.00.
Quinta Categoría: (personal con retiro que trabaja diariamente).
–8 horas diarias $1.142.00.
–por hora $8.70.
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $ 571.00.
“Hora de excedencia” $8.70.
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