Judiciales: Ley de Negociaciones Colectivas
Más democracia, justicia y derechos laborales
Jueves 25 de junio de 2009, por Prensa AJB *

La Federación Judicial Argentina (FJA-CTA) impulsa en el Congreso de la Nación un proyecto de paritaria nacional que unifique las condiciones laborales de los judiciales en todo el país.

En septiembre del año pasado, la Federación Judicial Argentina (FJA-CTA), entidad que integra la Asociación Judicial Bonaerense (AJB-CTA), presentó en el parlamento nacional un proyecto de ley de Negociaciones Colectivas entre los trabajadores del sistema judicial y sus empleadores; abarca a los judiciales nacionales, provinciales o autonómicos. La iniciativa tiene estado parlamentario y está circulando por distintas comisiones del Congreso.

Cabe destacar que la existencia de una paritaria nacional no es excluyente de normas similares para los poderes judiciales provinciales. Santa Cruz y Mendoza, son ejemplos claros de cómo dos filiales de la FJA han logrado que las respectivas legislaturas sancionaran leyes de paritarias para el sector.

Por su parte, los judiciales de la provincia de Buenos Aires acordaron en diciembre de 2006 un proyecto de paritaria, consensuado entre la AJB y el Poder Ejecutivo, pero por presiones de la Corte Suprema de Justicia provincial nunca fue tratado por la Legislatura.

Diferencias

Además del proyecto de la Federación, en el parlamento nacional existe una iniciativa de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN), que promueve el diputado nacional oficialista Héctor Recalde, ambas tienen profundos contrastes.

El abogado laboralista Ulises Gorini, asesor de la FJA y partícipe en la redacción del anteproyecto, explicó a En Marcha que la propuesta de la UEJN "garantiza el derecho a la negociación colectiva para los judiciales de la Nación, y los de las provincias quedan sujetos a la voluntad de los estados provinciales y autonómicos de adherir o no. Esto nos parece una aberración: el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores judiciales es un derecho de fondo, está en la Constitución Nacional".

Otros desacuerdos son: la FJA no reconoce al ministerio de Trabajo de la Nación ni a las órbitas provinciales como mediadores o intercesores del proceso de negociación colectiva ("son parte de la patronal y es darle la última palabra en la negociación paritaria", justifican). El proyecto de Recalde sí la reconoce. La UEJN le da la homologación de lo acordado al Estado, y la Federación considera que no es necesario “porque si negociamos, la patronal estuvo de acuerdo y ambos lo firmamos, ellos saben lo que tienen que cumplir y los trabajadores a qué atenerse", consideran.

Gorini también señala diferencias en cuanto a los temas a discutir en la negociación colectiva: "Nuestro proyecto incluye las cuestiones salariales, las condiciones de trabajo, pero también los reglamentos orgánicos sobre el funcionamiento de la Justicia (extensión de la jornada laboral, forma de promoción, de ingreso, egreso, etc.). El proyecto de Recalde deja eso de lado porque considera que es atributo de la patronal".

El entrevistado, que también es miembro del Centro de Estudios y Formación de la FJA, critica enfáticamente "la resistencia que hay por parte de las Cortes, y a veces del conjunto de los estados provinciales y nacionales", a la negociación colectiva para los trabajadores judiciales.

En cuanto a los beneficios de una ley de esta naturaleza, Gorini cree que "servirá para consagrar garantías constitucionales como a igual trabajo igual salario, pero también para revertir la enorme diversidad escalafonaria y de ingreso, ya que en muchas provincias los salarios judiciales están por debajo del nivel de pobreza".

El proyecto descripto apunta a generar un ámbito nacional de negociación colectiva, que garantice un piso de derechos laborales (escalafón único, mejores condiciones laborales, de salud, etc.) pero también que pueda resolver problemas muy concretos sobre el funcionamiento de la Justicia.

"Hay que evitar las arbitrariedades -finaliza Gorini-, y uno de los principales problemas que tienen los judiciales en todo el país es el unilateralismo de los estados provinciales y las Cortes en lo que hace a las decisiones sobre el funcionamiento del sistema, la calidad y la especificidad del trabajo de cada empleado".


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Asociación Judicial Bonaerense

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