Fallos superadores
Lunes 25 de enero de 2010, por Horacio Meguira *

Los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –y una futura decisión del máximo tribunal que será dada a conocer este año– sobre la libertad y democracia sindical han superado la lucha por obtener la Personería Gremial que el Gobierno persiste en no conceder a la CTA.



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Director del Departamento Jurídico de la CTA

Hay unanimidad en la CTA con respecto a esta nueva etapa. El mensaje es militar los fallos de la Corte porque son superadores de la Personería Gremial que el Gobierno pudiera otorgar.

La Corte basó sus fallos en las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El primero fue a favor de ATE, gremio fundador de la Central de Trabajadores de la Argentina en noviembre de 2008.

El caso argentino fue tratado tres veces en la conferencia anual de la OIT en 1998, 2005 y 2007. En esa última asamblea general, la organización exigió al Gobierno argentino que se expidiera sobre el pedido de Personaría Gremial de la CTA.

El Gobierno defiende el modelo sindical de acuerdo a la Ley de Asociaciones Sindicales, sancionada en 1988, que garantiza el monopolio de representación colectiva a la entidad con Personería Gremial; la condición de tener el 10 por ciento más de afiliados que el sindicato preexistente para poder desplazarlo; e impone características especiales –que no están especificadas en la ley y quedan libradas a la interpretación política– a los sindicatos de oficio para cuando haya un gremio preexistente, entre otros.

A los gremios de empresa, por ejemplo, la ley directamente prohíbe otorgarles la Personería Gremial si hay un sindicato preexistente en esa rama. En la práctica ese artículo se desconoce permanentemente.

La Corte Suprema derribó dos artículos fundamentales de la ley argentina, que impide a la CTA obtener su Personería Gremial.

En primer lugar, la ley exige que para ser candidato a delegado la persona debe estar afiliada a un sindicato con Personería Gremial, lo cual es incompatible con lo exigido por la OIT. Eso fue desterrado por el primer fallo de la Corte en noviembre de 2008, en el que el máximo tribunal falló a favor de ATE y en contra de PECIFA. La Justicia autorizó así a ATE a elegir delegados.

Según la ley, la tutela es exclusivamente para representantes del sindicato con Personería Gremial, pero el fallo Rossi también desterró esa imposición. Este es el último fallo de la Corte, de diciembre de 2009, en el que concedió a un sindicato médico del Hospital Naval sin personería el derecho a representar a los trabajadores de la institución.

Ya se avanzó sobre lo fundamental y hoy el reclamo por la personería está siendo superado por este nuevo escenario.

La Corte deberá fallar en otro caso que podría declarar inconstitucional otro artículo de la ley y resquebrajar aún más el modelo sindical vigente que obtura la participación de los trabajadores en organizaciones sindicales de nuevo tipo.

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