
La Organización Territorial Malón (OTM-CTA) realizó el 6 de abril en la localidad de Reducción, cercana a Río Cuarto, una charla sobre derechos humanos que tenemos ante una detención arbitraria y un abuso policial.
A continuación, "socializamos parte de la información que entre compañeros, militantes y jóvenes principalmente debatimos y compartimos para saber, porque saber y conocer también es un derecho", indica un comunicado de prensa de Malón.
¿Qué hacer si la Policía me detiene?
Esta información sirve para:
* Conocer nuestros derechos frente a la Policía.
* Qué hacer ante abusos policiales.
* Qué hacer durante un procedimiento.
* ¡Ante una detención policial tenés derechos!!!
Es recomendable que te dirijas a la Policía con prudencia y sin conductas impulsivas, no respondas provocaciones. Recordá que tenés derechos por eso la policía no te puede maltrata, golpear, allanar ilegalmente tu domicilio. Si sos víctima de esto podés denunciarlos en el Juzgado de Menores, la Fiscalía, Asuntos Internos de la Policía o en la Oficina de Derechos humanos del Poder Judicial.
Si te detienen siendo mayor de edad puede ser:
* Por probable comisión de un delito previsto en el Código Penal. Estarás a disposición del juzgado de Instrucción, debes dirigirte a través de un abogado.
* Por averiguación de antecedentes. Es por actitud sospechosa y si estás indocumentado pueden llevarte para averiguar tus antecedentes, por lo que estás demorado y no puede ser por más de 12 hs. si pasan más horas estarás detenido ilegalmente.
Igualmente no llevar documento no es falta ni delito ni tampoco lo es tener antecedentes. Nos pueden detener porque cometimos un delito o una falta.
Faltas (contravenciones)
Por aplicación del Código de Faltas.
No pueden ponerte en un calabozo con gente acusada de cometer delitos, debe actuar el Juez de Paz.
Si te detienen siendo menor de edad…
Sólo lo pueden hacer si estás cometiendo un delito o por una orden judicial no te pueden esposar, tenés derecho a una llamada, a un abogado, no podés estar en un calabozo con mayores de edad ni quedar incomunicado, la policía debe avisar inmediatamente al Juez de Menores de turno y a la asesora de menores, podés negarte a firmar o poner APELO y siempre debés ser entregado a tus padres o tutores.
No pueden aplicarte el Código de Faltas ni el Penal, quedarás a disposición del Juez de Menores, tenés los mismos derechos ya mencionados.
Derechos que tenés, conocélos!
La orden de detención la debe dar un juez, el policía puede detener si estás delinquiendo o en contravención.
La policía tiene la obligación de dejarte hacer un llamado. Vos podés proponer un abogado que te defienda.
No pueden obligarte a declarar ni a firmar nada, ni hacer reconocimiento de hechos, pertenencias o personas. Siempre podés negarte a declarar o hacerlo ante el Juez y en presencia de tú abogado.
El único que puede revisarte es un médico. Solicitalo apenas ingreses al precinto.
El Oficial a cargo tiene que comunicar tu detención inmediatamente al Juez de turno (es el que está a cargo de tu detención), tiene la obligación de informarte y de informar a tú familia que delito te imputan y a disposición de qué Juez estás.
Es recomendable no declarar en sede policial, si tenés miedo de negarte a firmar poné antes de la firma APELO y si no te trataron bien o te pegaron poné PIDO MÉDICO.
Apelo es que rechazás la condena y el Comisario debe elevar el sumario al Juez de Faltas. Si no te animaste a hacerlo en la policía tenés 48 hs. desde que firmaste el acta para hacerlo.
Sabías que???
No puede entrar ninguna fuerza de seguridad a tu casa sin una orden de allanamiento que es una orden escrita por un Juez.
Podés interponer un recurso de Hábeas Corpus. No se necesita un abogado, tenés que ir al juzgado de instrucción de turno y presentarlo. Se requiere saber nombre y apellido del detenido y del que presenta el Habeas Corpus, relatar los hechos (lugar, hora, si hubo maltrato).
Fuente: www.juventudctario4.blogspot.com
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