
La justicia laboral condenó al gobierno porteño a pagar 7.678 pesos en concepto de indemnización a un trabajador que fue despedido y estaba contratado en el Teatro Colón, a quien no se había incluido en la planta permanente de los empleados de la comuna.
La jueza subrogante Ana Barilaro hizo lugar a los reclamos de Pablo García, quien entre febrero de 2004 y abril de 2005 facturó como autónomo sus tareas de control de los tickets del público que ingresaba en la sala.
La magistrada consideró que "el hecho de la prestación de servicios en forma personal e indelegable hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que por las circunstancias, las relaciones o las causas que lo motiven demostrasen lo contrario".
Las autoridades del Colón le anunciaron a García que debido a la reducción de las funciones teatrales comenzaría a trabajar menos horas, pero -denunció el empleado- dejaron de pagarle y finalmente se consideró despedido a principios de mayo de 2005.
El trabajador reclamó que se le pagara indemnización, salarios caídos, aguinaldo, horas extras y vacaciones proporcionales, a lo que las autoridades de la ciudad se negaron, con el argumento de que tenía un contrato de locación de servicios, sin pertenecer nunca a la planta permanente de la comuna.
El gobierno comunal aseguró que la actividad del demandante no estaba regida por la Ley de Contrato de Trabajo ni por el régimen que regula el empleo público y que su condición de contratado lo eximía del pago de cualquier "indemnización por extinción del vínculo existente".
La jueza, en cambio, entendió que García "se desempeñó por largos períodos y suscribió sucesivos contratos de locación de servicios en tareas propias e inherentes a la actividad del Teatro Colón, en los que se especificó la modalidad de la retribución, tal situación torna aplicable el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)".
La magistrada citó a la Corte en un fallo de 1991 en el que el Máximo Tribunal resolvió que le correspondía el amparo de la Ley de Contrato de Trabajo a una mujer contratada por la ciudad de Buenos Aires, a cuya planta permanente de personal no había sido incorporada.
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