
La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado un proyecto de ley que incrementa las penalidades económicas e incluye clausuras de unidades productivas cuando los empleadores que violen las normas sobre estabilidad laboral. La iniciativa fue presentada por el legislador y dirigente de la CTA, Claudio Lozano. La iniciativa fue respaldada por 166 legisladores del Frente para la Victoria, Peronismo Federal, UCR, ARI, Socialismo y otros sectores, y contó con la férrea oposición de los 11 diputados del PRO.
En la sesión de ayer fue aprobada por la Cámara baja el proyecto de Lozano que modifica el actual régimen de sanciones (ley 25.212 ) por incumplimiento o violación a las normas laborales. La iniciativa fue propuesta ante la evidencia de que las sanciones aplicadas a las empresas por violación a las normativas vigentes han sido insuficientes para lograr el cumplimiento efectivo de las normas laborales y de la seguridad social: “Tampoco se han evidenciado eficaces para impedir el incumplimiento de las resoluciones emanadas de la autoridad de aplicación laboral en los procedimientos de conciliación obligatoria y arbitraje voluntario, ni de aquellos compromisos asumidos por los actores sociales en las convenciones colectivas de trabajo para mantener el nivel del empleo. Inevitablemente, el cumplimiento de las obligaciones impuestas a los empleadores no puede ser alcanzado sin un método de coacción eficaz para disuadir de las violaciones a las mismas”, afirmó Lozano
También consideró “incompatibles la violación de las normas laborales y de la Seguridad Social con el mantenimiento de beneficios provenientes del Estado que se solventan con fondos públicos”.
Fue el macrista Federico Pinedo quien se encargó de fustigar el proyecto al sostener que "las leyes ya contemplan sanciones para los incumplimientos laborales" y calificó el texto como "improcedente".
Las sanciones -una vez que el Senado sancione el proyecto- se aplicarán cuando se violen las disposiciones de la autoridad laboral que obligan al empleador a no efectuar despidos, reincorporar trabajadores o mantener el nivel de empleo. Las infracciones previstas pueden ir desde multas que oscilan entre los 250 y los cinco mil pesos hasta clausuras de un máximo de diez días manteniéndose el derecho de los trabajadores al cobro de remuneraciones.
En los fundamentos del proyecto se cita un caso paradigmático actual de esta problemática, y fue las violaciones que se observaron en el conflicto laboral entre la empresa Bridgestone-Firestone con sus trabajadores de la planta de Lavallol (partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires), compañía que violó la resolución 507 del Ministerio de Trabajo bonaerense. Aquel “incumplimiento de las normas legales de parte de la empresa es la continuidad de la violación a normas legales en que se enmarca la decisión del despido de los 94 trabajadores, pues los mismos son violatorios tanto del Acta firmada entre la empresa y el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA) y homologado por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires el 29 de mayo del 2001”, ejemplificó Lozano.
Y subrayó que “conductas como las de la empresa Firestone son las que otorgan un carácter de prioritario al presente Proyecto de Ley, pues de lo que se trata es de que, además del necesario cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, es que el Estado, y más concretamente la sociedad en su conjunto, no incentive el desarrolle de actores sociales que desconocen, violan las elementales normas del derecho en que se asienta la sociedad, y pretenden la vigencia de una ley propia al interior de sus establecimientos”.
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