Por el desprocesamiento de los luchadores populares
No al juicio de Eduardo Pereyra
Martes 6 de septiembre de 2005, por Secretaría de Comunicación y Difusión *

Es el reclamo de la CTA Buenos Aires y las organizaciones que la componen. Exigen el desprocesamiento del actual prosecretario de organización del Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de la provincia de Buenos Aires (Suteba-CTA) que será sometido a juicio oral y público el 22 de septiembre próximo por su participación en el “Campamento Educativo” que se instaló en el 2002 frente a la Dirección General de Escuelas y Cultura provincial.

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Aquel campamento se emplazó el 10 de junio de 2002 para exigir la derogación de las leyes que implicaron recortes salariales para los trabajadores, el inmediato pago de las becas para los alumnos del polimodal y el aumento de los cupos para que los pibes puedan asistir a los comedores escolares para paliar la grave crisis que se había profundizado luego de diciembre de 2001. 70 carpas conformaban el “Campamento Educativo” que estaban distribuidas a lo largo del boulevard de la calle 13 y aledañas, la mayoría sobre los jardines del frente de la Dirección de Escuelas. Ninguna obstaculizaba el paso de los transeúntes y vehículos por aceras y calles.

Se mantuvo durante 120 días. Docentes, estudiantes, padres y distintas organizaciones sociales participaron, día a día, de las actividades desarrolladas: el “campanazo” diario, la conmemoración de las fechas patrias, la Marcha del Tigre a La Plata, fueron algunos de los hechos más destacados. Una gran movilización acompañó a los acampantes que se renovaban continuamente.

Este acto de protesta y lucha generó una respuesta judicial. Eduardo Pereyra, en ese momento prosecretario de Acción Social del Consejo Ejecutivo Provincial de SUTEBA, fue procesado por supuesta comisión del delito previsto en el artículo 194 del Código Penal que expresa: “El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años.”

El 30 de diciembre de 2002, el Juez de Garantías en lo Penal número 3 de La Plata, doctor Néstor De Aspro dictaminó el sobreseimiento. Sin embargo, el 14 de julio del 2003, la Sala IV de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo penal del Departamento Judicial de La Plata, haciendo lugar al recurso presentado por el fiscal Molina, revoca el sobreseimiento dictado en diciembre del 2002 y eleva a juicio, recayendo su trámite en el Juzgado Correccional número 3 de La Plata, Causa número 749-3.

En el mencionado Juzgado se postuló la suspensión del procedimiento hasta tanto recayera sentencia por parte del Tribunal de Casación. Con fecha 13 de noviembre de 2003 el Juzgado rechazó la pretensión y mandó correr traslado a las partes para el ofrecimiento de pruebas. El 3 de mayo de 2004 el magistrado del Juzgado Correccional citó a audiencia para delimitar las pruebas que se han de usar en el juicio. Es por eso que se pretende realizar el juicio oral y público contra el dirigente de la CTA Eduardo Pereyra los días 22 y 23 de setiembre próximos.


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