
La Cámara Federal avaló pedido de la entidad de Marcos Juárez. Declaró inconstitucional un punto de la Ley de Radiodifusión. Los directivos cooperativistas pedirán la licencia al COMFER.
La Cámara Federal de Córdoba hizo lugar al pedido presentado por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos (COYSPU) de Marcos Juárez y declaró inconstitucional el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión, que le impedía brindar el servicio de televisión por cable en esa localidad del sudeste cordobés porque ya existía una empresa privada como prestadora.
A partir de esta resolución favorable, los dirigentes cooperativistas intentarán en los primeros meses del 2007 adquirir la licencia respectiva ante el Comité Federal de Radiodifusión para poder sumar este nuevo servicio a las prestaciones de agua y cloacas que ya brinda en la actualidad.
Además se buscará nuevamente el apoyo de los vecinos que quieran participar del proyecto con algún adelanto financiero.
Cuando en 2005 la COYSPU inició las acciones legales en contra del Comité Federal de Radiodifusión para lograr la posibilidad de prestar televisión por cable, no se esperaba un camino repleto de tantos obstáculos.
Desde entonces se lograron varios fallos favorables, aunque éstos fueron apelados por el estado.
“Nos hemos encontrado con la grata noticia de que la Cámara Federal de Córdoba ha fallado a nuestro favor en la declaración de inconstitucional del artículo 45 de la ley que regula la prestación del servicio de televisión por cable”, explicó el gerente de la COYSPU Roberto Cano.
La cooperativa inició la acción obteniendo un fallo favorable hace dos años, el cuál fue apelado por el COMFER.
“Hay que recordar que durante el tiempo que pasó se modificó la ley, permitiéndole a las cooperativas brindar el servicio de cable pero sólo en aquellas localidades donde no hubiera un operador privado”, agregó Cano.
Como en Marcos Juárez ya existe Multicanal, la entidad cooperativista supuso que el recurso presentado ante la Cámara de declarar inconstitucional el artículo 45 iba a ser rechazado porque no existía más como tal en la nueva norma. Pero la Cámara continuó tomando como referencia el texto original, al cual los asesores legales están apuntando como el principal obstáculo para convertirse en prestadores de cable.
“Quiere decir que estamos en condiciones de obtener los pliegos para conseguir la licencia”, aseguró el gerente satisfecho con la noticia que llegó desde Córdoba.
Al mismo tiempo expresó que “todavía debe quedar la sentencia firme, y que el Estado sea notificado de está decisión”.
A partir de ese momento en que se confirme la resolución, el Comité de Radiodifusión tiene 10 días para volver a apelar y recurrir ante la Corte Suprema de Justicia.
En la entidad cooperativista son concientes del valor del fallo y de los trámites que quedan pendientes. Por eso aseguran que “hemos ganado una batalla, pero no la guerra”.
El paso que deberán dar los asesores es conseguir que se les provea una licencia, algo bastante complicado en el contexto nacional del momento.
La idea de contar con alternativas para la prestación de servicios es bienvenida en la comunidad. Por esta razón miles de vecinos se asociaron a la COYSPU cuando en el 2005 lanzó un proyecto para recibir aportes que serían destinados a la adquisición de la tecnología necesaria.
Según el gerente de la institución se receptó el apoyo económico de 2 mil familias de la ciudad que pretendían la existencia de una nueva prestadora de televisión, dinero que luego fue devuelto en cada caso.
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