
El intendente de Alta Gracia, Córdoba, Mario Bonfigli, vetó ocho de los diecisiete artículos y modificó otros de la ordenanza que estipulaba una distribución equitativa de la pauta publicitaria oficial. La norma había sido aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante a fines de diciembre. Buscaba evitar la discriminación de medios por su línea editorial y los obligaba a blanquear al personal en negro.
El intendente Mario Bonfigli vetó casi totalmente la ordenanza 7647 que regularía la utilización de la publicidad oficial en la ciudad de Alta Gracia, tras reunirse con algunos propietarios de emisoras de frecuencia modulada de la ciudad.
La norma había sido aprobada por el Concejo Deliberante el pasado 26 de diciembre y establecía, en su articulado, que el presupuesto destinado a publicidad oficial debía “distribuirse regular y simultáneamente a cada medio” y “debiéndose contratar el mismo espacio en el mismo tipo de medio”.
Además, la norma obligaba a los medios de comunicación a blanquear al personal en negro, para poder acceder a la pauta oficial, punto que había cosechado el apoyo del Círculo Sindical de la Prensa y la Comunicación de Córdoba (Cispren-CTA).
Mediante el decreto 38/07 Mario Bonfigli vetó 8 de los 17 artículos (incluidos los citados), modificó formalmente otros dos y dejó en vigencia el resto, cuya acción es irrelevante sin los otros. La ley municipal vetada por el intendente había sido aprobada por unanimidad en el cuerpo legislativo comunal.
Hasta el momento, se desconoce si el Concejo Deliberante insistirá con la norma original porque los ediles no tienen plazos para volver a tratar la ordenanza vetada que podrán ratificar o rechazar con los dos tercios de los votos.
Los propietarios de medios de comunicación, que se reunieron con Bonfigli el pasado lunes 15 de enero, estaban disconformes con la flamante norma y uno de ellos había anunciado que le solicitaría al intendente que la vetara.
El Gran Hermano Mario
En declaraciones al diario La Voz del Interior, Bonfigli argumentó que coincidía con el espíritu de la ordenanza, pero que algunos artículos le parecían “sobre abundantes” porque hay leyes nacionales que garantizan “la libertad de expresión y son normas superiores que no pueden ser arrasadas por una norma de categoría inferior como esta ordenanza".
Más adelante, Bonfigli juzgó que “algunos artículos son realmente inaplicables y otros porque potencia a los medios de comunicación en contra del trabajador (sic)", dijo el intendente, al avalar a algunos de los propietarios de medios que se oponían a la promulgación de la ordenanza.
El intendente justificó ante los medios que le reclamaron el veto. "Estará en los concejales coincidir o no en el veto. En un sólo artículo coincido plenamente, es aquel en el que se indica que la publicidad de los actos de gobierno no se pueden hacer dentro de los 30 días antes de las elecciones".
Fuente: www.diariosumario.com de Alta Gracia, Córdoba
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