
Todos los precios que consulta el gobierno para establecer las canastas de la exclusión son tomados de las grandes cadenas de supermercados, a las que los pobres no acceden. El Consejo Directivo Provincial de la Asociación de Trabajadores del Estado de La Pampa (ATE-CTA) reclama un salario básico garantizado para todos los estatales de 2.300 pesos por mes, el monto necesario para solventar el costo de vida actual.
Estas cifras resultan de un pormenorizado análisis de los cálculos con que el gobierno nacional establece los valores mínimos necesarios para escaparle a la pobreza y a la indigencia. Así, según el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC), la Canasta de Indigencia mensual para dos personas adultas y dos menores es de 415 pesos, y la Canasta de Pobreza de 900 pesos.
Los números del INDEC equivalen a valores mínimos de calorías diarias recomendadas por nutricionistas. Se toma como 100 el índice para el varón adulto de entre 30 y 59 años, que requeriría 2.700 calorías. A la mujer se le establecen sus necesidades mínimas en un 74 % de ese valor, es decir 1.998 calorías, mientras que a las mayores de 60 años les alcanza con 1.730. En estos cálculos los especialistas del gobierno excluyen los cortes de carne más caros y establecen que el consumo de queso de cualquier tipo es de 270 gramos mensuales para el hombre y de 200 para la mujer.
El análisis de las cifras dadas por el INDEC destaca que los precios que consulta el organismo para establecer las canastas de le exclusión son tomados de las grandes cadenas de supermercados, a las que los pobres no acceden. Asimismo, señala que para la canasta básica se calculan alquileres y vestimenta de muy bajo costo, y en la que nos se incluye el turismo, esparcimiento, ni mantenimiento de vehículos.
En los 800 pesos mensuales que el gobierno intenta exponer como un logro en el Consejo del Salario, no se comprenden ni siquiera las necesidades básicas de las familias. Esta cifra, así como los valores de las canastas de indigencia y básica, está muy por debajo del salario mínimo definido en la ley de Contrato de Trabajo como “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión”. La peor parte, concluye el análisis, se la llevan los desocupados, los beneficiarios de Planes Sociales y los jubilados.
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