
Dirigentes de la Central de Trabajadores de la Argentina se reunieron ayer en la sede de la calle Piedras 1065 con representantes de la Unión General de Trabajadores (UGT) de España en el exterior. Los dirigentes ibéricos plantearon los problemas que padecen los trabajadores que desempeñan sus tareas para reparticiones del Gobierno de España en el exterior, en este caso concreto, en la Argentina.
Pedro Mellado de la Fuente, secretario general de la Federación de Servicios Públicos (FSP-UGT) de España en la Argentina y Armando Caro Figueroa, secretario del Sector de MTAS de la Federación de Servicios Públicos en el Exterior (FSP-UGT) plantearon los problemas de discriminación laboral que padecen los trabajadores que desempeñan sus tareas para reparticiones del Gobierno de España en exterior, en este caso concreto, en la Argentina.
Los visitantes sostuvieron que actualmente existen casi medio millar de trabajadores que cumplen sus labores en dependencias de la Embajada y consulados de España en nuestro país, a la vez que manifestaron su interés de llevar adelante tareas de cooperación con la Asociación Trabajadores del Estado (ATE-CTA) y de la UGT con la propia Central a fin de promover la relación amistosa y solidaria con los trabajadores que se desenvuelven en reparticiones oficiales de España en la Argentina y, a la inversa, con los argentinos que se encuentran en la península ibérica.
En representación de la CTA participaron del encuentro llevado a cabo ayer por la tarde Víctor De Gennaro, Juan Carlos Giuliani, Daniel Jorajuría y Gustavo Rollandi.
A continuación transcribimos un artículo de Mellado de la Fuente y Caro Figueroa donde bajo el título “¿Hay aún dos Españas?” queda expuesta la situación de los trabajadores discriminados que luchan por la igualdad de derechos con los que se encuentran en España:
“El proceso de transición que inaugurara la Ley de Reforma Política y profundizaran los Pactos de la Moncloa, dejó atrás a la vieja España fracturada por antagonismos premodernos y por odios ancestrales.
Correspondió a la Constitución de 1978 culminar este proceso y consolidar a España como un Estado social y democrático de derecho.
La transición, la Constitución y la integración en Europa, hicieron de España un país pujante y facilitaron el desarrollo de los derechos fundamentales y el perfeccionamiento de su Estado de Bienestar.
Las recientes leyes sobre igualdad efectiva de mujeres y hombres (de 23 de marzo de 2007), sobre ciudadanía española en el exterior (de 14 de diciembre de 2006), sobre estatuto básico del empleado público (de 12 de abril de 2007), y sobre promoción de la autonomía personal (de 30 de noviembre de 2006), o el avanzado plan para conciliar la vida laboral con la vida familiar, son muestras de la vitalidad de la España progresista.
Todo esto acontece y funciona en la España “del interior”, pero no en la España “del exterior”.
Y nos resulta penoso constatarlo: España no ha logrado aún integrar a su Administración en el exterior dentro de aquel proceso.
Subsisten aquí amplios espacios donde aun campean por sus respetos el corporativismo, los privilegios, el autoritarismo y la arbitrariedad.
La Administración española está presente en 190 países, y que cuenta con cerca de 10.000 empleados públicos, de los cuales 6.000 son contratados laborales.
En este ámbito y respecto de las relaciones de trabajo que mantiene con su personal laboral en el exterior, la Administración española se conduce con criterios predemocráticos que, en determinados casos, bordean la ilegalidad.
Ha ideado para ello un mecanismo ciertamente perverso que, hasta ahora, le permite ignorar los derechos fundamentales: Declara inaplicable la legislación española y dice encuadrarse en la legislación laboral de los países en donde actúa, pero la ignora sistemáticamente.
La pretensión de que los contratados temporales en la Argentina renuncien al derecho al aguinaldo, es una muestra -pequeña pero significativa- de lo que afirmamos.
La aplicación -en todo el mundo- de múltiples escalas salariales a trabajadores que realizan idénticas tareas en un mismo centro de trabajo, desconociendo el principio a igual trabajo igual salario, es otra prueba concluyente del accionar que los sindicatos españoles venimos denunciando.
Al diferente tratamiento salarial (que, en ocasiones encubre concepciones y gestos discriminatorios en perjuicio de los trabajadores con ciudadanía no española), se suman diferencias injustificadas en materia de prestaciones de seguridad social, de impuestos o de moneda de liquidación de los salarios.
Como si todo esto fuera poco, la Administración española desconoce los derechos de negociación colectiva y de libertad sindical de sus trabajadores radicados en el exterior.
Da igual lo que digan la Constitución española, o los tratados internacionales suscritos por España, o las normas locales en las que la Administración española se escuda.
Por estos días asistimos, atónitos, a la triple pretensión de la Administración española de negarse a negociar colectivamente nuestras condiciones de trabajo, de desconocer representatividad a los sindicatos mayoritarios, y de dilatar la celebración de elecciones sindicales en el exterior.
Resulta inaceptable que, mientras la España democrática recomienda a las empresas que invierten en el exterior mantener comportamientos socialmente responsables en los países de acogida, y mientras la cooperación técnica internacional difunde las bondades del Estado social y democrático de derecho y las excelencias del sistema español de relaciones laborales basado en el diálogo y la negociación, la vetusta Administración en el exterior mantenga su cerrazón antidemocrática y su petulancia corporativa.
Desde hace más de 100 años la UGT tiene un fuerte compromiso con los valores democráticos de libertad e igualdad.
En defensa de esta tradición, nuestra organización en la Argentina esta comprometida a luchar para que todas las personas que trabajan para la Administración española en el exterior (con independencia de su nacionalidad), para que todos los españoles que residen en el exterior (sean o no emigrantes), y para que todos los beneficiarios de la seguridad social española (residan donde residan) tengan los mismos derechos básicos consagrados en la legislación de España”.
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