
La CTA prosigue con la implementación de la Campaña Nacional Volvé a Reparto. Como se recordará, desde el 12 de abril de 2007, a raíz de la nueva Ley Previsional 26.222, los trabajadores que quedaron presos del sistema de capitalización privada, las AFJP, podrán volver al Sistema Público de Reparto. Tendrán 180 días hábiles para ejercer la opción, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2007.
El trámite para volver al sistema de Reparto puede hacerse bajando los formularios desde internet o en forma personal en delegaciones del ANSES. A continuación tenés los pasos a seguir para hacer el traspaso:
1° Paso:
El trabajador entra desde cualquier computadora con acceso a Internet (personal, locutorio, etc.) a www.opcionjubilatoria.gov.ar, ingresa su CUIL/CUIT y allí aparecerá una pantalla con los datos personales que registra ANSES, los que podrán ser corregidos en el momento. Si no tiene a mano el numero de CUIL puede obtenerlo desde esta dirección http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_publicos/cuil.htm
Si no cuenta con acceso a Internet, podrá realizar el trámite en las delegaciones de ANSES atenderán luego de su horario habitual para la realización del trámite por web, de lunes a viernes de 14 a 19 hs. Se contará con 25 OCA Móviles para tal fin, a disposición del operativo. O bien, podrá asistir a la Seccional o Delegación del Sindicato más cercana, para realizar el trámite.
2° Paso:
Imprime tres copias y se dirige a la sucursal de Correo Argentino u OCA más cercana con documento de identidad y fotocopias de 1º y 2º hoja. El empleado postal recibe la documentación, hace firmar al trabajador dos formularios en su presencia, los que tendrán la validez de Documento Fehaciente y le entrega el restante al trabajador sellado por el Correo, lo que le servirá de comprobante. El trámite finaliza allí para el trabajador
3° Paso:
El Correo envía a ANSES los formularios de pedido de traspaso a Reparto y a través de los códigos de barra dispuestos en los formularios, la carga de la opción se automatiza.
El traspaso se hace efectivo a partir del 1º de enero de 2008. EL TRÁMITE DE OPCIÓN POR EL RÉGIMEN DE REPARTO ES GRATUITO.
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