
La Justicia decidió absolver al periodista rosarino y militante de la CTA, Carlos Del Frade, quien había sido querellado por el controvertido presidente del Club Atlético Newell’s Old Boys, Eduardo López. La denfesa de Del Frade fue sustentada por el Sindicato de Prensa de Rosario y contó con la adhesión de la CTA.
La Comisión en Defensa de la Libertad de Expresión y del Trabajo Periodístico del Sindicato de Prensa Rosario (SPR-CTA) celebró la sentencia absolutoria dictada por el juez correccional de la Sexta Nominación de Rosario Adolfo Claverie, en la querella por injurias que el empresario y presidente del Club Atlético Newell’s Old Boys, Eduardo J. López, iniciara y siguiera contra Carlos Del Frade por una nota publicada en el periódico “El Eslabón de la cadena Informativa” en el 2005.
Desde el primer momento del juicio, esa comisión apoyó la defensa del periodista Del Frade en todo el proceso y llevó el caso a distintas instancias nacionales y provinciales en procura del resultado que hoy se obtiene.
La sentencia funda su fallo absolutorio en la aplicación de la “doctrina de la real malicia”, por la cual, tratándose de una personalidad pública, López debió demostrar la intencionalidad de perjudicarlo que tuvo el periodista en la publicación que fue objeto del pleito. Expresa, además, que “el querellante no probó la falsedad ni el conocimiento de esa falsedad por el querellado.”
Resaltó que los dichos vertidos en la información que López consideró agraviante eran producto de una investigación periodística que Del Frade había realizado, habiendo resultado la publicación producto del ejercicio de un legítimo derecho, cual es el de informar. La sentencia refiere que Del Frade no tuvo intención lesiva ni ánimo de mala fe.
Destaca el fallo la importancia del derecho a la información en sociedades democráticas, tomando como antecedentes jurisprudenciales los estándares de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el tema, y pone de resalto que los personajes públicos tienen que tolerar las críticas que no excedan del marco de la información periodística.
López pretendía se aplicara un año de prisión al periodista, máximo de la condena posible para este delito, lo que generó mayores expectativas.
Desde el Sindicato de Prensa Rosario junto a otras organizaciones locales, provinciales y nacionales se aguardaba un pronunciamiento absolutorio, que tiene su origen -al lado de la necesidad de las sociedades de contar con un caudal informativo amplio y plural- en la recurrencia con que funcionarios públicos y personalidades expuestas a la opinión pública apelan a las figuras penales de calumnias e injurias para silenciar las voces del periodismo, que en su función son intermediarios entre los sucesos de la realidad y el público.
En ese sentido, también es destacable la gestión de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe que hizo una presentación en el juzgado fundada en la figura del amicus jurae con lo que expuso los fundamentos de la jurisprudencia internacional de libertad de expresión.
Esta sentencia, que ya fue apelada por López, pone de manifiesto la necesidad de las sociedades democráticas de estar informadas, y considera a la información como presupuesto del ejercicio de otros derechos lo que implica una reafirmación más del derecho a comunicar por parte de los periodistas.
Ante la apelación de López, se espera que la Cámara confirme el fallo absolutorio bajo similares fundamentos, lo que representaría otro avance en la consolidación de la vida en una democracia real, visualizada a través del derecho a la información.
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