Otra batalla por la libertad de prensa
Del Frade¨Al enemigo se lo mira de frente"
Viernes 12 de octubre de 2007, por Carlos Saglul *

La Justicia decidió finalmente absolver al periodista rosarino y militante de la CTA, Carlos Del Frade, querellado por el controvertido presidente del Club Atlético Newell’s Old Boys, Eduardo López. El proceso por calumnias e injurias se inició por una nota en la que se hacía referencia al cierre del periódico El Eslabón.

Carlos Del Frade opinaba en ese artículo que el dirigente deportivo tomó la decisión “con absoluta impunidad porque en realidad López es y hace y deshace porque mucha gente con poder lo deja hacer y hacer y deshacer”.

Del Frade recordó, que por hacer referencia a la posición social de López, se lo acusó además de “instigación al secuestro extorsivo. Pese a lo disparatado de la situación admite -ante ACTA- que “la angustia fue muy grande”. Además indicó que “ni siquiera podían atribuirme ligereza en terminos periodísticos porque todo el artículo estaba basado en amplía documentación, pero igual existió mucha angustia”.

Para Del Frade algo cambió en 24 años de democracia: “La justicia provincial, no pocas veces es una cancha marcada por poderes feudales donde no se sabe como pueden salir las cosas. Eso hace aún más importante este fallo absolutorio. Hemos ganado en cancha ajena”.

La defensa de Del Frade fue sustentada por el Sindicato de Prensa de Rosario y contó con la adhesión de la CTA. La Comisión en Defensa de la Libertad de Expresión y del Trabajo Periodístico del Sindicato de Prensa Rosario (SPR-CTA) y contó con un amplio espectro de solidaridades desde el primer momento del juicio. Esa comisión apoyó la defensa del periodista Del Frade en todo el proceso y llevó el caso a distintas instancias nacionales y provinciales en procura del resultado finalmente obtenido..

La sentencia funda su fallo absolutorio en la aplicación de la “doctrina de la real malicia”, por la cual, tratándose de una personalidad pública, López debió demostrar la intencionalidad de perjudicarlo que tuvo el periodista en la publicación que fue objeto del pleito. Expresa, además, que “el querellante no probó la falsedad ni el conocimiento de esa falsedad por el querellado".

Por otra parte, se resaltó que los dichos vertidos en la información que López consideró agraviante eran producto de una investigación periodística que Del Frade había realizado, habiendo resultado la publicación producto del ejercicio de un legítimo derecho, cual es el de informar. La sentencia refiere que Del Frade no tuvo intención lesiva ni ánimo de mala fe. Además el fallo destaca la importancia del derecho a la información en sociedades democráticas, tomando como antecedentes jurisprudenciales los estándares de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el tema, y pone de resalto que los personajes públicos tienen que tolerar las críticas que no excedan del marco de la información periodística.

El equipo de abogados de López pretendía que se aplicara un año de prisión al periodista, máximo de la condena posible para este delito, lo que generó mayores expectativas.

“Quiero resaltar -concluye del Frade- el rol de los abogados del Sindicato de Prensa de Rosario, Marcelo Martorani y Florencia San Julián, dos abogados jóvenes, notables y honestos, que se juegan por los sectores populares y me parece que vale la pena destacarlos”. Así el periodista le pone el cierre a la nota señalando que “ellos, como yo sabíamos que, como decía San Martín, ‘al enemigo hay que mirarlo de pie, no de rodillas’. Y sobre todo cuando se tiene la verdad”.

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